IMPORTANTE
La semana pasada recibimos la respuesta de la sentencia T–1010/10, la cual fue instaurada el 23 de abril de 2010 por los Señores Orlando Gómez Gómez, Presidente de la Universidad y los Señores Silvio Augusto López Arias, Arnulfo Giraldo Henao y Héctor Tobón López, miembros de la Comisión Permanente. Para mayor información de clic aquí
CONSEJO SUPERIOR
El consejo superior universitario será elegido para periodos de dos (2) años y estará integrado de la siguiente manera.
a) Un (1) profesor por cada dependencia académica, elegido en votación directa y secreta por los profesores de esta.
b) Un (1) estudiante de cada dependencia académica, elegido en votación directa y secreta por los estudiantes de está.
c) Cada uno de los consejeros tendrá dos (2) suplentes personales. Si dentro del periodo para el cual fueron elegidos pierden la calidad de profesores o de estudiantes de la Corporación, serán reemplazados por sus suplentes en el orden respectivo.
Son funciones del Consejo Superior Universitario:
a) Formular y evaluar periódicamente las políticas académicas, económicas y administrativas de la Corporación.
b) Aprobar los contratos cuya cuantía exceda de cien (100) veces el salario mínimo legal mensual.
c) Aprobar la creación, modificación o supresión de seccionales y de unidades académicas.
d) Crear, suprimir, fusionar, unidades administrativas, y cargos específicos a iniciativa del Rector y señalar las funciones y remuneraciones de los empleados.
e) Expedir y mantener actualizado los reglamentos del personal docente, administrativo y estudiantil, así como los programas curriculares.
f) Convocar la Asamblea Delegataria a sesiones extraordinarias, cuando lo estime conveniente.
g) Elegir de su seno Presidencial y Vicepresidencial, quienes deben ser profesores con título universitario.
h) Aprobar, en reuniones conjunta con la Comisión Permanente de la Sala de Fundadores, el presupuesto anual de rentas y gastos de la Universidad, y autorizar las adiciones y traslados que se requieran en el transcurso de la vigencia presupuestal.
i) Elegir al Rector de la Universidad para periodo de dos(2) años, de terna que le remitirá la Sala de Fundadores.
j) (Modificado por la R.E. de 2004).Reglamentar el valor de las matriculas y los demás servicios que presta la Universidad.
k) Establecer los requisitos para la expedición de los títulos que la Institución otorgue.
l) Organizar los servicios de bienestar docente y estudiantil.
LL) Determinar los emblemas de la Universidad.
m) Aprobar el Plan General de Desarrollo, propuesto por el Consejo de Planeación.
n) Darse su propio reglamento interno.
o) Impulsar y disponer la utilización de los adelantos tecnológicos en las diferentes dependencias académicas de la Universidad para lograr que los egresados, a través del conocimiento de la informática, de los computadores, del internet y demás avances científicos y técnicos, salgan lo mejor preparados que sea posible.
p) Los demás que le sean asignados por los órganos superiores.
Constituye Quórum para sus reuniones la presencia de más de la mitad de sus miembros elegidos.

