CONSEJO ACADÉMICO

El Consejo Académico de la Universidad Autónoma Latinoamericana es elegido por períodos de dos (4) años e integrado de la siguiente manera:
  • 1. El Rector de la Universidad, quien lo presidirá.
  • 2. El Vicerrector Académico.
  • 3. Los decanos de las facultades.
  • 4. El Director del Departamento de Admisiones y Registro.
  • 5. Un profesor, un estudiante y un egresado elegidos respectivamente por los representantes profesorales, estudiantiles y egresados ante el Consejo Superior Universitario y los Consejeros de las Facultades.
El estudiante deberá ser matriculado al menos en el Cuarto año, con excelentes calidades éticas, y que haya aprobado todas las materias.
Por ese mismo procedimiento será elegido el representante sustituto en caso de falta remporal del titular.
Sus funciones son:
  • a) Expedir por vía general las normas académicas y aplicarlas por vía particular en la forma que determinen los reglamentos.
  • b) Determinar las condiciones mínimas que deben llenar los profesores para ser designados como tales; el no cumplimiento de esos requisitos, impedirá la vinculación del nombrado.
  • c) Revisar los proyectos que elaboren los Consejos de Facultad, relativos al aspecto curricular.
  • d) Organizar los sistemas de admisión para los aspirantes a ingresar a las Facultades y a las demás dependencias académicas.
  • e) Fijar el Calendario Académico de la institución.
  • f) Recomendar las políticas y adoptar los programas de Investigación, asesoría y Extensión Universitaria.
  • g) Crear y dirigir programas de extensión y educación permanente.
  • h) Dictar su propio reglamento interno.

 

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