Héctor Julio Alzate López Julián Mauricio Vélez Tamayo Antonio Puerta Arango
Presidente del Consejo Vicepresidente del Consejo Superior Presidente de la Universidad
José Rodrigo Flórez Ruiz Francisco Javier Serna Giraldo
Rector Secretario General
Consejo Superior
El Consejo Superior de la Universidad Autónoma Latinoamericana es elegido por períodos de dos (4) años e integrado de la siguiente manera:
- 1. Un profesor por cada dependencia académica, elegido en votación directa y secreta por los profesores de ésta.
- 2. Un estudiante por cada dependencia académica, elegido en votación directa y secreta por los estudiantes de ésta.
- 3. Un egresado por cada dependencia académica, elegido en votación directa y secreta por los egresados de ésta.
- 4. Cada uno de los Consejeros tendrá dos suplentes personales. Si dentro del período para el cual fueron elegidos perdieren la calidad de profesores o de estudiantes de la Corporación, serán remplazados por sus suplentes en el orden respectivo.
- a) Formular y evaluar periódicamente las políticas académicas, económicas y administrativas de la Corporación.
- b) Aprobar los contratos cuya cuantía exceda de cien (100) veces el salario mínimo legal mensual.
- c) Aprobar la creación, modificación o supresión de seccionales y de unidades académicas.
- d) Crear, suprimir, fusionar, unidades administrativas y cargos específicos, a iniciativa del Rector, y señalar las funciones y remuneración de los empleados.
- e) Expedir y mantener actualizados los reglamentos del personal docente, administrativo y estudiantil, así como los programas curriculares.
- f) Convocar la Asamblea Delegataria a sesiones extraordinarias, cuando lo estime conveniente.
- g) Elegir de su seno Presidente y Vicepresidente, quienes deben ser profesores con título universitario.
- h) Aprobar, en reunión conjunta con la Comisión Permanente de la Sala de Fundadores, el presupuesto anual de rentas y gastos de la Universidad, y autorizar las adiciones y traslados que se requieran en el transcurso de la vigencia presupuestal.
- i) Elegir al Rector de la Universidad para período de dos (4) años, de terna que le remitirá la Sala de Fundadores.
- j) Reglamentar el valor de las matrículas y los demás servicios que presta la Universidad (modificado por la R. E. de 2004).
- k) Establecer los requisitos para la expedición de los títulos que la institución otorgue.
- l) Organizar los servicios de bienestar docente y estudiantil.
- ll) Determinar los emblemas de la Universidad.
- m) Aprobar el Plan General de Desarrollo, propuesto por el Consejo de Planeación.
- n) Darse su propio reglamento interno.
- o) Impulsar y disponer la utilización de los adelantos tecnológicos en las diferentes dependencias académicas de la Universidad para lograr que los egresados, a través del conocimiento de la informática, de los computadores, del Internet y demás avances científicos y técnicos, salgan lo mejor preparados que sea posible.
- p) Las demás que le sean asignadas por los órganos superiores.